julio 21, 2026 10:34 am

SCJN avala cambio de género en actas de nacimiento en Aguascalientes

Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en Aguascalientes las personas pueden adecuar su acta de nacimiento conforme a su identidad de género mediante un procedimiento administrativo, sin necesidad de acudir a un juicio ni cumplir requisitos que vulneren sus derechos.

El fallo se emitió al resolver el amparo en revisión 430/2025, promovido por una organización civil defensora de los derechos de identidad de género.

El proyecto, presentado por el ministro Giovanni Azael Figueroa Mejía, fue aprobado por el Pleno al declarar inconstitucionales diversas disposiciones del Código Civil del Estado de Aguascalientes.

¿Qué determinó la Corte?

La resolución invalida los artículos 128, 131, 133 y 135 del ordenamiento local, al considerar que imponían obstáculos indebidos para el reconocimiento de la identidad de género.

Entre los requisitos eliminados destacan:

  • La obligación de realizar el trámite por la vía judicial.
  • La exigencia de acreditar con pruebas la identidad de género.
  • La expedición de una nueva acta con anotaciones marginales que revelaban la identidad previa.

La Corte concluyó que estas disposiciones contravenían derechos fundamentales como el libre desarrollo de la personalidad, la igualdad, la no discriminación y la privacidad, además de no ajustarse a estándares internacionales en materia de derechos humanos.

Procedimiento administrativo y confidencial

Como efecto de la sentencia, el Registro Civil de Aguascalientes deberá habilitar un procedimiento administrativo accesible, expedito y confidencial, basado en el consentimiento libre e informado de la persona solicitante.

Además, se elimina cualquier anotación marginal que pueda exponer la identidad anterior, garantizando la protección de datos personales y la intimidad.

Alcance del fallo

Si bien el amparo beneficia directamente a las personas representadas por la asociación promovente, la resolución sienta un precedente relevante para que las autoridades locales adapten sus procedimientos y garanticen el acceso efectivo a este derecho en toda la entidad.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación subrayó que el reconocimiento de la identidad de género es un elemento esencial de la dignidad humana y debe garantizarse sin barreras discriminatorias.

Este fallo se suma a otros criterios del máximo tribunal que buscan armonizar la legislación local con los principios constitucionales y los estándares internacionales en materia de derechos humanos.

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